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FUNCIONES DEL RECTOR

Se rigen por la ley 715 de 2001 Decreto 10; Ley 115 de 1994 Decreto 1860.

Es la primera autoridad administrativa y docente de la institución. Tienen la responsabilidad de lograr la oferta por parte de la institución de los servicios educativos adecuados, para que el educado alcance los objetivos educacionales. De él depende el coordinador académico y los responsables de los servicios administrativos de bienestar.

  1. Representante legal del plantel

  2. Presidir los Consejos directivos y académicos de la institución.

  3. Orientar la ejecución del proyecto educativo Institucional y aplicar las decisiones del gobierno escolar.

  4. Velar por el cumplimiento de las funciones de los docentes, directivos, Administrativos, Servicios Generales y el oportuno aprovisionamiento de los recursos necesarios para el efecto.

  5. Promover el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la educación en el establecimiento.

  6. Mantener activas las relaciones con las autoridades educativas, con los patrocinadores de la institución y con la comunidad local, para el continuo progreso académico de la Institución y el mejoramiento de la vida comunitaria.

  7. Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la comunidad educativa

  8. Orientar el proceso educativo con la asistencia del consejo académico

  9. Ejercer las funciones disciplinarias que atribuyan la ley, los reglamentos y manual de convivencia.

  10. Identificar las nuevas tendencias, aspiraciones e influencias para canalizarlas a favor de mejoramiento del proyecto educativo institucional.

  11. Promover actividades de beneficio social que vinculen el establecimiento con la comunidad local

  12. Aplicar las disposiciones que se expiden por parte del Estado.

  13. Delegar en caso de ausencia, aun coordinador.

  14. Administrar la planta de personal asignada de acuerdo a las normas legales vigentes

  15. Ordenar el gasto de la institución.

  16. Elaborará los anteproyectos de presupuesto, como los servicios educativos, con apoyo del pagador(a) presentar a la entidad correspondiente para su aprobación y controlar su ejecución de acuerdo con las normas actuales.

  17. Hace cumplir las asignaciones académicas aprobadas de acuerdo a las normas.

  18. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuyan el proyecto Educativo Institucional.


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